CAMBIO GESTIÓN BAJAS MEDICAS
Desde el 1 de abril de 2023 se han acabado las dos copias del comunicado médico de incapacidad. Este jueves, el Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el real decreto que modifica los trámites para pedir la baja. De esta manera queda eliminada la tradicional copia que se debe entregar a la empresa, así pues el enfermo dejará de ser responsable de llevar el certificado a la compañía. ¿Cómo se hará este trámite a partir de ahora? Telemáticamente.
Principales cambios en la gestión de bajas
· Solo se entregará un comunicado de baja, confirmación o alta al paciente.
· Así pues, la segunda copia para la empresa desaparece, sustituyéndose por una comunicación telemática con la compañía.
· La responsabilidad de entregar el comunicado a la empresa ya no recaerá sobre el enfermo.
· Los plazos para las revisiones que ya están vigentes ahora se marcan como máximos:
· Bajas entre 5 y 30 días naturales: la primera revisión se hace en un máximo de 7 días desde la fecha de baja y después cada 14 días como máximo.
· Bajas entre 31 y 60 días naturales: la primera revisión tendrá lugar en un máximo de 7 días desde la fecha de baja y posteriormente cada 28 días como máximo.
· Bajas de 61 días naturales o más: la primera revisión se realiza en un máximo de 14 días desde la fecha de baja y después cada 35 días como máximo.
· Las revisiones médicas se podrán adelantar, tanto si son para confirmar la baja o para el alta.
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