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Mostrando entradas de diciembre, 2022

OJ0 CON LAS ERRATAS

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  El horario de trabajo es una condición laboral y la distribución del tiempo de trabajo también. Las condiciones laborales no se pueden modificar libremente por el empresario y por tanto, la modificación del horario de trabajo está limitada. Cierto es que existen modificaciones que por su poca relevancia o por estar previstas en el convenio colectivo, son lícitas y están dentro del poder organizativo del empresario. Pero por norma general, en el horario de trabajo, está limitada, precisa de una causa que lo justifique y el trabajador puede oponerse a la modificación si no es comunicado en tiempo y forma. Los patrones de libranza que establece la empresa en el 2018, se contradicen al actual convenio colectivo, puesto que en los patrones se trabaja como mucho 8 días consecutivos, pero por convenio pueden pasar a ser 10 días consecutivos de trabajo. Los fines de semana de calidad no pueden ser modificados por que te coincidan con los días de asistencia obligada 4, 5 y 7 de ener

CGT OS DESEA FELIZ NAVIDAD

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EL TEATRO GOYA PRESENTA:"LAS VACACIONES DE ECI Y SUS SINDICATOS"

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 Ayer,19 de diciembre, pudimos contemplar una vez más como FASGA, FETICO y UGT van de la mano de la empresa en la reunión extraordinaria para hablar de propuestas de turnos y criterios de vacaciones. En esta reunión pudimos ver como los sindicatos antes mencionados seguían el guion impuesto por la empresa y acudían con las manos vacías, sin llevar ninguna propuesta, secundando la orden de aceptar todo lo que la empresa pone en la mesa.  CGT presentó una propuesta de turnos y criterios de vacaciones los cuales no fueron ni siquiera leídos por la empresa y despreciados por el resto de sindicatos. Lo oportuno habría sido que la parte social hubiera elaborado un borrador y se lo hubiera presentado a la empresa y se llegara a un acuerdo teniendo en cuenta la propuesta de la empresa. Pero no fue así por lo que la reunión fue un teatro organizado en el que la empresa ya venía con el sí del resto de fuerzas sindicales a sus propuestas. En esta situación CGT NO ha firmado el acuerdo por las sig

COTIZAR SIN EMPLEO ES POSIBLE!!

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Convenio Especial con la Seguridad Social Cotizar sin trabajar es posible, mediante el Convenio Especial de la Seguridad Social. Este instrumento está a disposición de trabajadores y autónomos desempleados y en algún supuesto concreto, incluso trabajadores empleados, que deseen mejorar sus bases de cotización de cara a la jubilación, o para futuras pensiones, como una eventual incapacidad permanente, viudedad, orfandad, etc. A cambio de una cuota mensual, la persona que suscribe el convenio especial consigue una base de cotización que servirá para mejorar su pension. Al suscribir el convenio especial, se puede elegir la base de cotización por la que se desea cotizar. Esta base debe estar comprendida entre la máxima y la mínima del grupo de cotización en el que se encuadre la categoría profesional del trabajador. ¿Cuánto se tiene que pagar por el convenio especial? La cuota mensual a ingresar, dependerá de la base de cotización elegida. A mayor base de cotización, mayor cuo

OJO COMO TE PAGAN LAS HORAS EXTRAS

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Estos días de alta actividad en los que  te soliciten hacer horas extras, recuerda: las horas extras deben ser pagadas con un 30% de recargo sobre el valor de la hora ordinaria. FIRMA NUESTRA PETICIÓN DE AYUDA  AFILIATE

JUBILACIÓN PARCIAL 1ªPARTE

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   Jubilación parcial y contrato de relevo A determinada edad puede interesar empezar a disfrutar de una jubilación parcial: permite reducir la jornada de trabajo desde un 25% hasta un 75% y cobrar una parte de pensión de jubilación mientras se sigue trabajando a tiempo parcial, concretamente la parte equivalente a la jornada que se ha reducido. Esta modalidad de jubilación parcial no sufre ninguna penalización, lo cual es una ventaja frente a la jubilación anticipada, cuya pensión se ve reducida de forma vitalicia, en función de los meses que se adelante la jubilación. Os explicaremos a qué edad se puede solicitar, qué requisitos se exigen y cuánto se cobra por jubilación parcial. También veremos los pros y los contras de esta modalidad de jubilación frente a otras, como la jubilación anticipada, la jubilación activa y la jubilación flexible. Jubilación parcial sin contrato de relevo a partir de 65 años Supone la reducción de jornada laboral entre un 25% y un 50%. Se cobra

POLITICOS ASAMBLEA DE MADRID

    MÁXIMA DIFUSIÓN. Políticos de la Asamblea de Madrid. *¿Cuándo se van a mejorar nuestras condiciones laborales?*   La Sección sindical *CGT El Corte Inglés* estamos luchando por una *mejora de las condiciones* laborales de todos los trabajadores y trabajadoras de ECI Madrid. No podemos seguir viviendo y trabajando únicamente para poder comer mientras *perdemos nivel adquisitivo*.   🙏 Necesito vuestra ayuda, si conseguimos *500 apoyos*, ✍ Políticos de la *Asamblea de Madrid* nos responderán en la web de Osoigo. ¿Me ayudas apoyando la *pregunta a través del link y difundiendo este mensaje por todos tus grupos y contactos de Whatsapp*? 👇👇👇👇 https://bit.ly/3OEHJ9v